El Gobierno aprobó,  en el primer Consejo de Ministros presencial desde el 14 de marzo, celebrado el pasado martes día 9,  el Real Decreto-ley, que sentará las bases que regirán en la nueva normalidad. El texto, impulsado por el Ministerio de Sanidad y el de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, mantiene la obligatoriedad de las mascarillas en la vía pública y en espacios cerrados de uso público cuando finalice el estado de alarma el próximo día 21 y estará vigente hasta que el Gobierno dé por concluida la crisis sanitaria provocada por el coronavirus, algo que sucede cuando haya quedado “de-finitivamente derrotado” con una vacuna o terapia eficaz. Así lo contempla la norma, que Sanidad pre-entó a las comunidades autónomas el viernes  anterior y que ha recibido numerosos cambios antes de su publicación en el BOE.

En este artículo proporcionamo una Guia con los principales aspectos de la norma que regirá la "nueva normalidad"

Cuando una empresa se va a pique se hunde mucho más que un negocio. Arrasa con todo, con los puestos de trabajo que generaba pero también con la relación que los fundadores tienen con su familia y sus amigos y con su forma de pensar y actuar de cara al futuro, cuando se plantee —si es que lo hace— montar otro negocio. Como pasa con los niños, los primeros años de carrera van a dejar una marca en los emprendedores que les definirá el resto de su vida laboral. Las caídas en esos momentos dan más lecciones que el éxito, por eso la clave está en evitar ver el fracaso como algo permanente. El Instituto del Fracaso, una organización que estudia y recoge testimonios de emprendedores que se han hundido, ha estudiado los pasos a seguir para convertir la caída en una oportunidad. Según sus estudios, la experiencia de fracaso influye en las estrategias, procesos y rutinas adoptadas por los emprendedores cuando vuelven a poner en marcha otras empresas.

La planificación de las vacaciones de verano es un momento siempre complicado para las empresas. El derecho al descanso de la plantilla debe equilibrarse con las necesidades de producción de la compañía, una conjunción de intereses que no siempre es fácil de cuadrar. Este año, no obstante, la dificultad es mucho mayor. Los ERTE, el permiso retribuido recuperable y la delicada situación económica han multiplicado las consultas a los especialistas en derecho laboral sobre cómo deben concederse los días y semanas de libranza.

La respuesta, no obstante, no siempre es clara. Como explican diversos abogados, si bien existen pautas generales, también se van a plantear multitud de situaciones no resueltas. Por ello, recomiendan la máxima predisposición al diálogo y la negociación de ambas partes.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Real Decreto-Ley por el que se pone en marcha un Ingreso Mínimo Vital, una nueva prestación de la Seguridad Social, que va acompañada de estrategias de inclusión focalizadas.

Será compatible con rentas salariales e incluirá incentivos al empleo en forma de bonus para quienes empiecen a trabajar o aumenten el número de horas de ocupación

Las actividades económicas se reinician y tratan de recuperar el largo tiempo perdido. Es el momento de relanzar las ventas pero los Reales Decretos-ley -y el sentido común- manda hacerlo bajo las condiciones mínimas de seguridad y protección frente al COVID-19. Toca revisar y actualizar la prevención de riesgos laborales y todas las condiciones de protección antes de «levantar la persiana». ¿Qué actuaciones debe realizar tu empresa?

Desde hace muchos años no son pocos los que vienen exigiendo una mayor autonomía del paciente revindicando su derecho a elegir sobre determinadas materias médicas y la necesidad de plasmar su voluntad en caso de que en algún momento no pueda expresarla por sí mismo. Surge así la figura del Testamento Vital, del que todo el mundo ha oído hablar pero que solo unos pocos conocen su alcance y requisitos para su plena validez y eficacia.

Por si no lo sabía, gracias a la ley de segunda oportunidad Usted pueden conseguir la exoneración total de sus deudas siempre y cuando haya actuado de buena fe.

La segunda oportunidad, era y es eso, lo que su propio nombre indica: una alternativa para que las personas físicas insolventes puedan proponer a sus acreedores, con la intervención de un mediador, un acuerdo extrajudicial de pagos ajustado a sus posibilidades económicas, negociando quitas ilimitadas y aplazamientos sin intereses de hasta diez años. O, en caso de fracasar este intento de acuerdo: una posibilidad para que el deudor de buena fe pueda solicitar al Juez competente la exoneración de total de sus deudas, lo que en términos jurídicos se conoce como beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho

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