El Tribunal Supremo acaba de confirmar que la banca tiene abierto un nuevo frente judicial al anular, por primera vez, una comisión por descubierto en cuenta al considerarla abusiva. La sentencia considera que la entidad que la aplica, Kutxabank, no cumple las exigencias que impone el Banco de España. Como consecuencia, el alto tribunal ha tumbado la penalización de 30 euros que Kutxabank aplica sobre los números rojos de una cuenta en concepto de comisión de reclamación de posiciones deudoras.
Esta comisión está ideada para compensar a la entidad por las gestiones efectivas realizadas para recuperar la deuda impagada. Para ser válida debe estar recogida en el contrato y cumplir cuatro exigencias del Banco de España: que la comisión esté vinculada a una gestión real de recobro; que no se reitere por el mismo saldo negativo, aunque se prolongue en sucesivas liquidaciones; que su cuantía sea única, sin tarifas porcentuales; y que no se aplique de forma automática.