Con el depósito de las cuentas anuales en el Registro mercantil, que se debe realizar dentro del mes siguiente a su aprobación por la junta general, se da publicidad a los documentos que integran las cuentas anuales y cualquier persona o entidad podrán obtener dichas cuentas (art. 281 LSC.).
Las entidades financieras, además de la información que solicitan a las empresas (modelos de impuestos, balances de situación, cuentas de resultados, justificantes de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social, Pool bancario actualizado, etc.) para realizar sus análisis de riesgos, contrastan la integridad de esta información con la que obtienen de las cuentas anuales de la empresa depositadas en el Registro Mercantil y mediante la consulta de la CIRBE donde obtienen información de los riesgos directos de la empresa (préstamos, créditos, leasing, etc.) e indirectos (avales a terceros).
Con toda la información que van recibiendo, las entidades financieras elaboran el scoring para determinar el riesgo de insolvencia antes de conceder un préstamo.
Por lo tanto, antes de presentar las cuentas anuales, es conveniente que las empresas analicen sus estados financieros, utilizando determinados ratios, para saber cómo van a salir en la foto de entidades financieras y proveedores, consiguiendo de esta manera algo de margen para anticiparse a posibles restricciones de crédito, en el caso de que la evolución de la empresa sea negativa.