Aunque en muchas ocasiones pudiera parecerlo, Internet no es un territorio sin ley. Si Ud. quiere o tiene una página web sepa o chequee los requisitos legales que debe cumplir y si es un internauta habitual, controle sus derechos y no permita que le engañen.
Con toda seguridad es consciente de que las páginas web son una herramienta importante para la comercialización de sus productos y también de que tienen un papel protagónico de cara a los usuarios y a la toma de sus decisiones de consumo. Pero no todo vale, es muy importante que aquellos que utilicen estas plataformas virtuales como una fuente de publicidad e información hacia el público, tengan presente que las mismas deben ajustar su contenido y forma a lo exigido por la normativa.
Cuatro normas básicas:
– Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (en adelante, LSSI´);
– Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. (En los casos B2C).
– Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
– Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación.
Las obligaciones legales se gradúan en función de los objetivos perseguidos. Es muy distinto tener una web meramente informativa (rara avis) en la que no se vende nada, no se recaban datos personales mediante ningún tipo de formulario, ni tampoco se instalan cookies en el dispositivo del usuario que una site dedicada a la venta on line con cookies y tratamiento de datos personales. Por ejemplo nuestro número de tarjeta de crédito.
Con solo hacer referencia a este último apunte, (el que afecta a nuestros bolsillos), empezamos a ser conscientes del alcance de lo que estamos hablando….
Aviso Legal: ¿Cuándo estamos obligados?
Estaremos obligados a tener un aviso legal que contenga las menciones del art. 10 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI), siempre y cuando:
-Se trate de una web de empresa.
-Sea un blog corporativo (asociado a una empresa o negocio).
-Se obtengan ingresos, tanto de forma directa a través de actividades de comercio electrónico mediante la oferta de bienes y/o servicios, como indirectamente por medio de contratos de publicidad.
¿Qué contenido debe tener el Aviso Legal?
Aunque generalmente nadie los lee, y por ello dedicamos muy poco tiempo a su redacción inclinándonos por el clásico «corta y pega», lo cierto es que no es un tema baladí, al menos, de cara a posibles reclamaciones y sanciones.
A continuación, le indicamos la información que debe proporcionar a los usuarios de su web desde el punto de vista legal a tenor de la actividad o servicio que pretende llevar a cabo
El Aviso legal, debe hacer referencia a los términos y condiciones de uso, a todo lo relacionado con la política de privacidad y protección de datos personales, a las condiciones de contratación y a la información relativa a la política de cookies
1. Términos y Condiciones de uso
Debe incluir:
a) Su nombre o denominación social; su residencia o domicilio o, en su defecto, la dirección de uno de sus establecimientos permanentes en España; su dirección de correo electrónico y cualquier otro dato que permita establecer con él una comunicación directa y efectiva.
b) Los datos de su inscripción en el Registro Mercantil en el que, en su caso, se encuentren inscritos o de aquel otro registro público en el que lo estuvieran para la adquisición de personalidad jurídica o a los solos efectos de publicidad.
c) En el caso de que su actividad estuviese sujeta a un régimen de autorización administrativa previa, los datos relativos a dicha autorización y los identificativos del órgano competente encargado de su supervisión.
d) Si ejerce una profesión regulada deberá indicar:
1. º Los datos del Colegio profesional al que, en su caso, pertenezca y número de colegiado.
2. º El título académico oficial o profesional con el que cuente.
3. º El Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo en el que se expidió dicho título y, en su caso, la correspondiente homologación o reconocimiento.
4. º Las normas profesionales aplicables al ejercicio de su profesión y los medios a través de los cuales se puedan conocer, incluidos los electrónicos.
e) El número de identificación fiscal que le corresponda.
f) Cuando el servicio de la sociedad de la información haga referencia a precios, se facilitará información clara y exacta sobre el precio del producto o servicio, indicando si incluye o no los impuestos aplicables y, en su caso, sobre los gastos de envío.
g) Los códigos de conducta a los que, en su caso, esté adherido y la manera de consultarlos electrónicamente.
En relación a las Condiciones de Uso deberá especificar, como mínimo las normas de acceso y registro en la web, aspectos relativos a la propiedad intelectual e industrial, enlaces a páginas de terceros ( principalmente para exonerarnos), reglas de uso, responsabilidades y garantías, suspensión del sitio web, mención a política de cookies y privacidad, legislación aplicable y Jurisdicción competente.
Toda esta información puede ponerse dónde queramos, al pie de la web, o en otro lugar pero siempre debe resultar fácil acceder, permanente, directa y gratuita.
2. Política de privacidad y protección de datos
Con la nueva Ley de protección de datos este apartado ha adquirido especial relevancia, pues en muchos casos será el sitio idóneo para incluir explicaciones sobre nuestro Delegado de Protección, indicar nuestra dirección de contacto para consultas relacionadas con la privacidad, describir la política de conservación de información, explicar la necesidad de obtener el consentimiento expreso, específico, verificable y revocable así como facilitar el acceso de los usuarios a sus datos y a la posibilidad de oposición.
3. Política de Cookies
Para que nuestra web utilice cookies, debemos recabar el consentimiento del usuario a la utilización de las mismas, previamente a su instalación
La política de cookies sirve para controlar el número de internautas que navegan por nuestro sitio web y/u obtener información sobre los hábitos de navegación de éstos. Por tanto, en caso de que queramos hacer un seguimiento de cuántos usuarios hacen clic en nuestra web, deberemos cumplir con la Ley.
Cuando el usuario entre por primera vez en la web, deberemos indicarle de forma visible y expresa el uso de cookies. El internauta deberá aceptarlo y poder acceder a un mayor detalle sobre dicha política. En esta segunda fase, entre otros aspectos, deberemos indicar.
• La definición y función de las cookies en un sentido amplio:
• La información a través de un cuadro o listado sobre el tipo de cookies que utiliza la página web y su finalidad.
• La información sobre la forma de desactivar o eliminar las cookies a través de las funcionalidades facilitadas por la propia web o mediante las herramientas proporcionadas por el navegador o el terminal, así como la forma de revocación del consentimiento ya prestado.
• La información sobre la identificación de quién utiliza las cookies, esto es, si la información obtenida por las cookies es tratada solo por nuestra web y/o también por terceros con los que nuestra web haya contratado la prestación de un servicio para el cual se requiera el uso de cookies, con identificación de estos últimos.
4. Condiciones de contratación
La normativa sobre derechos de consumidores y usuarios es de obligada observancia en el caso de oferta de productos o servicios a través de nuestro sitio web, ya sea dentro del aviso legal o en cualquier otra parte accesible y visible.
Debemos ser muy cuidadosos con la redacción de estas condiciones, pues tenemos la responsabilidad de informar al cliente de todos los aspectos que nos exige la Ley, antes y después de la contratación. Esto y mucho más en nuestro próximo artículo sobre e-comerce.
Y termino como empecé aunque hoy en día podemos suscribir contratos, buscar profesionales, realizar reclamaciones, pedir presupuestos, consultar leyes, redactar formularios, hacer compras, pagar facturas, hablar con desconocidos, adquirir billetes de avión, solicitar tarjetas de embarque y un sinfín de cosas más de forma on line. No todo vale. Para un correcto funcionamiento de este «cibermundo» nos tenemos que someter a la ley. No queda más.
Última hora
Tras la aprobación de la Ley 2/2019, de 1 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de12 de abril, tenga en cuenta que se establece la posibilidad de que la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual, la denominada «Comisión Sinde», pueda proceder a lo que en lenguaje coloquial se viene denominando «cierre de páginas webs» sin autorización judicial. El supuesto concreto en que esta medida se puede adoptar es en el marco de una conducta infractora, cuando la medida esté justificada por su gravedad y repercusión social y lleve aparejado el cese de la actividad infractora durante un máximo de un año. Es en este contexto en el que se puede solicitar la colaboración necesaria de los prestadores de servicios de intermediación sin necesidad de obtener previamente la autorización judicial [nuevo inciso final art. 195.6.b) TRLPI].
Fuente: CISS Contable Mercantil. Solteros Kluwer