Coincidiendo con la aprobación por el  Consejo de Ministros del Plan para la desescalada de las medidas de confinamiento adoptadas como consecuencia del coronavirus, y la publicación en el BOE del Real Decreto-ley 16/2020, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, que tendrá una gran incidencia en el ámbito de las insolvencias empresariales el Consejo General de Economistas ha hecho públicas sus propuestas de medidas para reactivar la economía una vez se supere la crisis sanitaria.

En este segundo artículo enumeraremos las que afectan al ámbito Laboral, Financiero y Cuestiones Transversales

LABORAL

Muchas empresas están volviendo poco a poco a su actividad empresarial. Por ello, desde el Consejo General de Economistas de España proponemos una serie de medidas que favorezcan la vuelta al trabajo con garantías de salvaguarda del empleo, minimicen el coste empresarial y permitan una progresiva recuperación de la economía.

• Que los autónomos coticen a la Seguridad Social en función de su facturación real.

• Flexibilizar las condiciones exigidas para los ERTES de fuerza mayor en cuanto al mantenimiento de empleo en los seis meses siguientes.

• Unificar los requisitos, procedimientos y plazos en temas laborales en todas las Comunidades Autónomas.

• Durante el estado de alarma y en relación con el teletrabajo, y ante la dificultad de las empresas de cumplir con el registro laboral, suspensión de esta norma hasta que se termine el periodo de teletrabajo.

• Considerar suficiente una reducción de ingresos del 50% en la facturación para poder recibir la prestación por cese de actividad, y también en la tramitación del ERTE por causas económicas (estableciendo la comparación del mes de la incidencia, no el anterior).

• Eximir de la cotización y pago de las cuotas de autónomo durante los dos primeros años de actividad, ya sea ejercida esta como persona física o a través de una sociedad mercantil, a aquellas actividades de base tecnológica. Debe tenerse en consideración que las actividades de base tecnológica, en sus primeros años de actividad, sus ingresos son limitados o nulos, puesto que están centrando sus esfuerzos en la puesta en marcha de su proyecto.

FINANCIERO

• Flexibilización de las condiciones de préstamos y créditos, en vigor o nuevos, para aquellas pymes y autónomos afectados por el COVID-19, ampliando la moratoria en la devolución de los préstamos –sean o no hipotecarios–, así como ampliando el periodo de amortización, con objeto de reducir el importe de las amortizaciones de estos.

• Ampliar la línea de avales aprobada en el artículo 9 Del Real Decreto Ley 11/2020 a los autónomos y pymes con contrato de arrendamiento de un inmueble afecto a la actividad económica cuando estén en esa situación de vulnerabilidad.

• Permitir acceso a la financiación ICO (ya sea financiación del ICO o mediante avales) a aquellas empresas que estén en situación de morosidad en el CIRBE por deudas no materiales o en procedimientos concursales a excepción de los concursos a los que se refiere el artículo 176bis (concurso express) con objeto de estimular el salvamento y la reflotación de las empresas, particularmente pymes, limitando y evitando su liquidación.

• Potenciación de mecanismos de inversión como Venture Capital, Business Angels, así como otras fórmulas de financiación colectiva como crowdlending o crowdfunding, así como cualquier forma de capital riesgo. Se deben dotar a estas plataformas, así como a los inversores y las propias startups, de una regulación adecuada y específica que aporte seguridad jurídica a sus operaciones. Así mismo, sería de interés estudiar la ampliación de la cobertura de los avales (art 29, RDL 8/2020) a la inversión en estas plataformas, siempre y cuando estén debidamente registradas en la CNMV.

• Dotar a la Gestora de Capital Riesgo del ICO de los fondos extraordinarios y la posibilidad para que contribuyan a la capitalización transitoria de algunas de las empresas participadas de los diferentes private equity para así dotarlas de mayor estabilidad y que puedan seguir en el mercado.

• Creación de un Macro Fondo de Gestión Pública-Privada de aportaciones tanto de los ciudadanos (ahorro) y de los entes públicos, con desgravación fiscal para los ciudadanos, cuyo objeto sea destinarlo a capitalizar o ayudar a las empresas –especialmente a las pymes–.

CUESTIONES TRANSVERSALES

• Establecer un procedimiento de urgencia, de tal forma que todas las deudas públicas del Estado con proveedores de bienes y servicios que sean pymes y autónomos se paguen de inmediato (desde ayuntamientos, CCAA, Estado y empresas públicas); así como agilizar el pago de ayudas y subvenciones de manera inmediata, sin alargar los trámites burocráticos, formales, de aquellas que están ya concedidas. Facilitar también la aprobación de un mecanismo de compensación inmediato a pymes y autónomos, entre sus deudas fiscales y deudas de la administración pública con estas.

• Flexibilizar obligaciones de cumplimiento normativo como protección de datos, compliance penal, blanqueo de capitales con un nivel de riesgo bajo, que, en estos momentos, puedan ralentizar la reactivación de la actividad de pymes y autónomos. Así mismo, se debe potenciar y facilitar la creación telemática de nuevas empresas y startups, dotando a los PAIT de mayores recursos, en colaboración con los notarios y resto de administraciones públicas.

• Se considera prioritario que desde el nivel político se dé orden a los servicios municipales, provinciales, comarcales y autonómicos de no retrasar o demorar cualquier licencia, permiso, tasa, requisito necesario para volver a abrir o retomar la actividad. En esta situación la burocracia no puede ser un freno para retomar o reanudar actividades económicas.