Aunque se hayan presentado como decisiones muy meditadas por parte del Gobierno, los porcentajes de gasto que la Unión Europea condiciona (un mínimo de un 37% en acción climática y hasta un 33% en digitalización) condicionan buena parte de los proyectos que los Estados miembros van a poder llevar a cabo con los fondos europeos.

La colaboración publico-privada es una de las bases que el Gobierno plantea a la CE

¿Qué supone la colaboración publico-privada en el Plan?

Si bien el régimen legislativo español cuenta con instrumentos de colaboración público-privada, el Real Decreto Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia modifica algunas cuestiones de los mismos para agilizar su formalización.

En la norma se permite que las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad puedan ser beneficiarias de subvenciones formalizando entre ellas un acuerdo de agrupación simple. Los convenios se regirán conforme lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Se admite también, que sea la Comisión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, previo informe favorable del Comité Técnico, quien autorice la creación de consorcios públicos en lugar de requerir de una autorización legal.

Se facilita la ejecución de determinados contratos de concesión de obras o servicios con su adjudicación a sociedades de economía mixta con capital mayoritariamente público, contando con la elección del socio privado mediante mecanismos establecidos en las leyes bajo principio de libre concurrencia.

¿Qué criterios se aplicarán para valorar un Perte?

Los criterios aplicables, según la normativa adoptada para desarrollarlos en España exigen que:

a) El proyecto represente una importante contribución al crecimiento económico, a la creación de empleo y a la competitividad de la industria y la economía, habida cuenta de sus efectos de arrastre positivos en el mercado interior y la sociedad.

b) Que permitan combinar conocimientos, experiencia, recursos financieros y actores económicos, para remediar importantes deficiencias del mercado o sistémicas y retos sociales a los que no se podría hacer frente de otra manera, base de la política de fondos aprobada por la Unión Europea.

c) Que tenga un importante carácter innovador o aporte un importante valor añadido en términos de I+D+i, por ejemplo, posibilitando el desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos de producción.

d) Que sea importante cuantitativa o cualitativamente, con un tamaño o un alcance muy grandes, o que suponga un nivel de riesgo tecnológico o financiero muy elevado.

e) Que favorezca la integración y el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas, así como el impulso de entornos colaborativos.

f) Y que, en su caso, contribuya de forma concreta, clara e identificable a uno o más objetivos del Plan, en particular en lo que se refiere a los objetivos marcados a nivel europeo en relación con el Instrumento Europeo de Recuperación.

¿De qué forma deben diseñar los proyectos acogidos a los fondos?

La Unión Europea exige que los proyectos que constituyen el Plan permitan la realización de reformas estructurales en los próximos años y, por lo tanto, que permitan un cambio del modelo productivo para la recuperación de la economía tras la pandemia causada por la Covid-19 y además una transformación hacia una estructura más resiliente que permita que nuestro modelo sepa enfrentar con éxito otras posibles crisis en el futuro.

La norma busca asegurar la implementación efectiva, de los fondos europeos para la recuperación de los efectos socioeconómicos provocados por la crisis sanitaria del Covid-19, destinado a apoyar la inversión y las reformas necesarias garantizar una recuperación sostenible, una transición ecológica y digital y una respuesta rápida y ágil a las necesidades de la población española y de su sector productivo.

¿Qué supone la Secretaría General de Fondos Europeos?

El Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre regula la creación, dentro de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, de una Secretaría General de Fondos Europeos y se establecen sus funciones: Inspección y Control; de Certificación y Pagos.

Por otra parte, de la Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, dependen cuatro subdirecciones generales: de Programación del Plan Nacional de Recuperación; de Gestión del Plan Nacional de Recuperación; de Seguimiento y control del cumplimiento de hitos y objetivos; y de Solicitudes de Pago del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

¿Una ventanilla única para la atención web? 

El Real Decreto-Ley que regula el Plan para modernizar la Administración Publica y la ejecución del Plan de Recuperación incluye la puesta en marcha, al servicio de las empresas, un portal web único para centralizar y canalizar la distribución de toda la información sobre el mismo destinada a los distintos interesados y agentes relacionados con el mismo.

Este portal serviría como 'ventanilla única' del Plan, facilitando las solicitudes y la tramitación de los procedimientos a los interesados, como punto formal de relación con la Administración.

Se prevé que el portal web único del Plan pueda ofrecer un servicio de atención a las personas o entidades interesadas en participar en las convocatorias derivadas del instrumento de recuperación para Europa Instrumento Europeo de Recuperación, sirviendo como 'escritorio de ayuda o 'help-desk' para los interesados en participar el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

¿Qué papel juegan las comunidades autónomas en la gestión?

El objetivo principal de la Conferencia Sectorial es coordinar con las comunidades autónomas (CCAA) la gestión de los fondos europeos aprobados por la UE para impulsar la transformación económica y social de España.

Es un órgano de coordinación entre el Estado y las CCAA para establecer vías de cooperación en la implementación de los fondos europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) que deben impulsar y transformar la economía española.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, presidió el pasado 21 de enero, de forma telemática la reunión constitutiva de la Conferencia Sectorial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La creación de este órgano da cumplimiento al artículo 19 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan.

Esa norma establece que esta Conferencia es el órgano para canalizar la participación de las CCAA en los proyectos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

De la misma forma, también se prevé que servirá para cooperar con las entidades locales cuando se traten asuntos que afecten a sus competencias.

¿Qué reparto de dinero se ha anunciado a las CCAA?

El Ministerio de Hacienda ha informado a las Comunidades Autónomas del reparto de los 10.000 millones del Fondo React-EU. En concreto, se repartirán 8.000 millones de euros en 2021 y 2.000 millones en 2022.

Además, otros 2.436 millones serán gestionados por el Ministerio de Sanidad en 2021, a través del Programa Operativo Pluriregional de España, para la adquisición de vacunas para el conjunto de España que, posteriormente, serán repartidas a las CCAA.

También se destinarán a un Plan de Reforzamiento de la Atención Primaria y a un Plan de Renovación de Tecnologías Sanitarias que ejecutarán las administraciones territoriales y que buscará incrementar la capacidad de respuesta del sistema sanitario ante futuras emergencias.

Estos recursos deben destinarse a financiar, fundamentalmente, operaciones en el ámbito de la educación. la sanidad y los servicios sociales, para paliar el impacto sufrido en ellos como consecuencia de la pandemia, así como para transformarlos estratégicamente de cara al futuro.

En cualquier caso, el Gobierno deja abierta la posibilidad de que las CCAA puedan plantear otros ámbitos de actuación que consideren relevantes para la reactivación económica.

Los fondos del programa React-EU se distribuirán para su ejecución a través de los Fondos Feder (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) y FSE (Fondo Social Europeo), dentro de los programas operativos del Estado y de las CCAA ya existentes, añadiendo un nuevo eje a los mismos.

¿Cuándo se procederá al reparto del dinero de los fondos?

Hasta que la Comisión Europea no apruebe la Decisión de Recursos propios que permite la financiación del programa Next Generation EU no se podrán certificar los gastos a la Comisión, y por tanto, no se podrá solicitar el correspondiente pago. Sin embargo, con el objetivo de facilitar liquidez financiera para el rápido despliegue y ejecución del React-EU, el Gobierno ha establecido una vía de financiación a las CCAA, que así lo requieran.

Así, se ha creado un nuevo compartimento del Fondo de Financiación a CCAA, denominado React-EU que permitirá conceder financiación, vía préstamos, a favor de las CCAA adheridas para afrontar la ejecución de las ayudas.

¿Qué criterios de reparto se van a seguir con las CCAA?

La propuesta de reparto de la programación fue adelantada por la ministra de Hacienda en el Consejo de Política Fiscal y Financiera de octubre y sigue el modelo y los criterios de distribución utilizados por la UE con sus Estados miembros para hacer frente a las consecuencias de una pandemia.

Así, se tienen en consideración tres indicadores: el primero va dirigido a medir el impacto de la pandemia en la riqueza de cada CCAA. Este indicador tiene un peso equivalente a las 2/3 partes del reparto total.

El segundo indicador mide el impacto de la crisis en el desempleo, con un peso en el reparto total igual a 2/9 de la asignación. Y el tercer indicador mide el impacto de la crisis en el desempleo juvenil (15 a 24 años), tiene un peso del 1/9 de la asignación total. Adicionalmente se incluye una ayuda para las regiones ultraperiféricas como Canarias.

¿Cuantos fondos corresponden a cada CCAA del Fondo React-EU?

El reparto del Fondo React-EU otorga un mayor volumen de fondo a Andalucía, con 1.881 millones de euros (18% sobre el total), a Cataluña, 1.706 (17,1%); a la Comunidad de Madrid, 1.284 millones (12,8%) y a la Comunidad Valenciana, 1.254 millones (12,5%).

En un segundo nivel están Canarias, 630 millones (6,3%); Castilla-La Mancha, 486 millones (4,9%); País Vasco, 426 millones (4,3%); Castilla y León, 335 millones (3,4%) y Baleares, 300 millones (3,0%).

Y finalmente, se encuentran Aragón, 267 millones (2,7%), Murcia, 258 millones (2,6%); Asturias, 196 millones (2,0%); Extremadura, 187millones (1,9%); Navarra, 148 millones (1,5%); Cantabria, 96 millones (1,0%); La Rioja, 65 millones (0,6%); Ceuta, 24 millones (0,2%) y Melilla, 17 millones (0,2%).

¿Cómo estipula Bruselas la devolución de la deuda?

Se prevé que la UE empezará a devolver la deuda con que se financiará el fondo ya en el periodo 2021-2027, aunque no se fija fecha exacta para hacerlo, y terminará como tarde en 2058

Fuente: eleconomista.es

Autor: Xavier Gil Pecharromán