La geolocalización del móvil, la vigilancia de las redes socia les, los movimientos de las tarjetas, las facturas abonadas o los suministros de la vivienda. Son sólo algunos de los datos con los que la Agencia Tributaria (AEAT) vigila ya a los contribuyentes de los que sospecha que residen en un territorio distinto del que declaran.
EXPANSIÓN ha tenido acceso a expedientes emitidos por la AEAT contra contribuyentes por la residencia fiscal. “A través de los movimientos de la tarjeta de crédito, el con- sumo de teléfono y las compras de billetes queda acreditada su permanencia en España los siguientes días”, recoge un documento.
A continuación, expone un calendario del año con un código de colores. En azul, los días de permanencia en España; en rojo, los días en su residencia fiscal, y en naranja, otros países. “Ha estado 282 días en España”, concluye el informe de la AEAT, por lo que exige aplicar la residencia fiscal. “Además, el roaming de su teléfono confirma que las llamadas se hacían desde España. Consideramos sobradamente probados los requisitos para ser considerado residente en territorio español”, concluye la Inspección.
Los servicios tributarios han intensificado las comprobaciones por este concepto tal y como confirman los asesores fiscales, que notan el aumento de expedientes. “La experiencia acumulada permite poner de manifiesto la existencia de conductas extremadamente lesivas para los intereses de la Hacienda Pública, relacionadas con la simulación de la residencia fiscal fuera del territorio español, especialmente en casos de personas físicas, con la principal finalidad de obtener una tributación efectiva inferior a la debida”, apunta la Agencia Tributaria en su plan de control anual.
Este tipo de comprobaciones son cada vez más habituales. “Las actuaciones que lleva a cabo la AEAT para determinar la residencia fiscal de las personas físicas, como consecuencia de su presencia regular en nuestro país, vienen resultando en los últimos meses cada vez más frecuentes, parece ser que basadas en el análisis automático de ingentes cantidades de información”, explica Siro Barro, socio responsable del Departamento de Derecho Fiscal de Escalona & De Fuentes. “Aunque desconocemos cuál es exactamente la información utilizada, debemos recordar que las empresas que facturan más de 6 millones de euros deben reportar a Hacienda información detallada, casi de forma inmediata, sobre cada una de las facturas que emiten, lo que incluye los datos identificativos del cliente y la compra de bienes o consumos realizados (luz, agua, gas o teléfono)”, añade Barro.
El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021 ya recogía expresamente la utilización del big data poparte de la AEAT, con el objeto de, entre otros, detectar a falsos no residentes fiscales que, en opinión de Hacienda, deberían tributar en España como residentes fiscales tanto por sus rentas como por su patrimonio mundiales.
Más afectados
Alejandro del Campo, socio de DMS Legal Intelligence en Mallorca, con una gran cartera de clientes extranjeros, confirma el aumento de estas comprobaciones. “Al principio, sólo veíamos estos análisis de residencia tan completos en casos muy concretos y relevantes. Afectaban a gente con mucho patrimonio o famosos”, apunta el abogado. “Sin embargo, estamos observando que la Agencia Tributaria cada vez pelea más la residencia fiscal con clientes modestos, a los que apenas reclama unos 10.000 o 20.000 euros”, añade.
El especialista confirma que, en este momento, tiene varios casos sobre la mesa. “Son personas modestas, muchos jubilados que pasan parte del año en España”, indica. Las comprobaciones son absolutamente minuciosas, con calendarios muy precisos”, añade. Alejandro del Campo recomienda tener una residencia fiscal acreditada en otro país para evitar problemas. “No vale sólo con pagar impuestos allí, hay que tenerla activada y confirmada por las autoridades de ese país. En este caso, Hacienda tendrá más difícil aplicar la residencia fiscal. Tendría que acudir a las reglas internacionales de desempate del convenio de doble imposición correspondiente”, explica.
Siro Barro coincide: “Resulta muy aconsejable que dispongan de toda la documentación posible que, llegado el caso, les permita rebatir el posicionamiento que pueda tomar la AEAT en base a la in- formación obtenida a través del big data”, concluye el especialista. Tras la pista de la ‘huella digital’ para recaudar.
Tras la pista digital para recaudar
La Agencia Tributaria cada vez cuenta con mayores datos e información de los contribuyentes. Los informes tienen un grado de detalle que sorprende a los especialistas. “Cada vez más, comprobamos que hay un rastreo y seguimiento de la huella digital del contribuyente (redes sociales, interacciones, comercio electrónico, geolocalización, etc.) y, en ocasiones, me he encontrado con datos presuntamente suministrados por las plataformas digitales”, destaca Emilio Pérez Pombo, socio director de Pérez Pombo, Abogados & Economistas. “Esta cuestión es controvertida y, con el tiempo, será una fuente de conflictos. En el ámbito digital no siempre es posible identificar quién es el usuario real y final de la interacción”, explica el especialista. “Salvo en supuestos concretos que exijan una identificación personal (por ejemplo, una red social privada), no siempre es posible conocer que quien usa el dispositivo electrónico sea su titular o propietario nominal”, argumenta Pérez Pombo. “Pensemos en una tableta que tiene una tarjeta SIM contratada por un profesional, pero que utiliza un familiar para ver partidos de fútbol o para jugar online. Podría darse el supuesto de que el uso del dispositivo por el hijo, que vive y reside en España, sirva como base para cuestionar la residencia de un padre divorciado y residente, laboral y fiscal, en Portugal, cuando, en realidad, salvo determinados fines de semana alternos, por motivos de discordia, no está en España”, ejemplifica el experto. “Sin embargo, de forma creciente, esta huella digital les sirve para acreditar la eventual presencia de una persona”, concluye.
Fuente: expansión.com
Autor: Ignacio Faes