La geolocalización del móvil, la vigilancia de las redes socia les, los movimientos de las tarjetas, las facturas abonadas  o los suministros de la vivienda. Son sólo algunos de los datos con los que la Agencia Tributaria (AEAT) vigila ya a los contribuyentes de los que sospecha que residen en un territorio distinto del que declaran.

EXPANSIÓN ha tenido acceso a expedientes emitidos por la AEAT contra contribuyentes por la residencia fiscal.  “A través de los movimientos de la tarjeta de crédito, el con-  sumo de teléfono y las compras de billetes queda acreditada su permanencia en España los siguientes días”, recoge  un documento. 

A continuación, expone un calendario del año con un código de colores. En azul, los días de permanencia en España; en rojo, los días en su residencia fiscal, y en naranja, otros países. “Ha estado 282 días en España”, concluye el  informe de la AEAT, por lo  que exige aplicar la residencia  fiscal. “Además, el roaming de  su teléfono confirma que las  llamadas se hacían desde España. Consideramos sobradamente probados los requisitos para ser considerado residente en territorio español”, concluye la Inspección.

Los servicios tributarios han intensificado las comprobaciones por este concepto tal  y como confirman los asesores fiscales, que notan el aumento de expedientes. “La  experiencia acumulada permite poner de manifiesto la  existencia de conductas extremadamente lesivas para  los intereses de la Hacienda  Pública, relacionadas con la  simulación de la residencia  fiscal fuera del territorio español, especialmente en casos  de personas físicas, con la  principal finalidad de obtener  una tributación efectiva inferior a la debida”, apunta la  Agencia Tributaria en su plan  de control anual.

Este tipo de comprobaciones son cada vez más habituales. “Las actuaciones que lleva a cabo la AEAT para determinar la residencia fiscal de las  personas físicas, como consecuencia de su presencia regular en nuestro país, vienen resultando en los últimos meses cada vez más frecuentes,  parece ser que basadas en el análisis automático de ingentes  cantidades de información”,  explica Siro Barro, socio responsable del Departamento  de Derecho Fiscal de Escalona  & De Fuentes. “Aunque desconocemos cuál es exactamente la información utilizada, debemos recordar que las empresas que facturan más de 6 millones de euros deben reportar a Hacienda información detallada, casi de forma inmediata, sobre cada una de las facturas que emiten, lo que  incluye los datos identificativos del cliente y la compra de  bienes o consumos realizados  (luz, agua, gas o teléfono)”,  añade Barro. 

El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021 ya recogía expresamente la  utilización del  big data poparte de la AEAT, con el objeto de, entre otros, detectar a  falsos no residentes fiscales  que, en opinión de Hacienda,  deberían tributar en España  como residentes fiscales tanto  por sus rentas como por su  patrimonio mundiales. 

Más afectados 

Alejandro del Campo, socio  de DMS Legal Intelligence en  Mallorca, con una gran cartera de clientes extranjeros,  confirma el aumento de estas  comprobaciones. “Al principio, sólo veíamos estos análisis de residencia tan completos en casos muy concretos y relevantes. Afectaban a gente con mucho patrimonio o famosos”, apunta el abogado.  “Sin embargo, estamos observando que la Agencia Tributaria cada vez pelea más la residencia fiscal con clientes  modestos, a los que apenas reclama unos 10.000 o 20.000  euros”, añade. 

El especialista confirma que, en este momento, tiene varios casos sobre la mesa.  “Son personas modestas, muchos jubilados que pasan parte del año en España”, indica. Las comprobaciones son absolutamente minuciosas, con calendarios muy precisos”, añade. Alejandro del Campo recomienda tener una residencia fiscal acreditada en otro país para evitar problemas. “No vale sólo con pagar impuestos allí, hay que tenerla activada y confirmada por  las autoridades de ese país. En este caso, Hacienda tendrá más difícil aplicar la residencia fiscal. Tendría que acudir a las reglas internacionales de  desempate del convenio de  doble imposición correspondiente”, explica. 

Siro Barro coincide: “Resulta muy aconsejable que  dispongan de toda la documentación posible que, llegado el caso, les permita rebatir  el posicionamiento que pueda  tomar la AEAT en base a la in-  formación obtenida a través  del big data”, concluye el especialista. Tras la pista de la ‘huella digital’ para recaudar.

Tras la pista digital para recaudar

La Agencia Tributaria cada vez cuenta con mayores datos e información de los contribuyentes. Los informes tienen un  grado de detalle que  sorprende a los  especialistas. “Cada vez más, comprobamos que  hay un rastreo y  seguimiento de la huella  digital del contribuyente  (redes sociales,  interacciones, comercio  electrónico,  geolocalización, etc.)  y, en ocasiones, me he encontrado con datos  presuntamente  suministrados por las  plataformas digitales”,  destaca Emilio Pérez  Pombo, socio director de  Pérez Pombo, Abogados  & Economistas.  “Esta cuestión es controvertida y, con el tiempo, será una fuente  de conflictos. En el ámbito digital no siempre es posible  identificar quién es el  usuario real y final de la  interacción”, explica el  especialista. “Salvo en supuestos concretos que exijan una identificación personal (por ejemplo, una red  social privada), no  siempre es posible  conocer que quien usa  el dispositivo electrónico  sea su titular o  propietario nominal”,  argumenta Pérez  Pombo. “Pensemos en una tableta que tiene una tarjeta SIM contratada por un  profesional, pero que  utiliza un familiar para  ver partidos de fútbol o  para jugar online. Podría darse el supuesto de que  el uso del dispositivo por  el hijo, que vive y reside  en España, sirva como  base para cuestionar la  residencia de un padre  divorciado y residente,  laboral y fiscal, en  Portugal, cuando,  en realidad, salvo  determinados fines de  semana alternos, por  motivos de discordia,  no está en España”,  ejemplifica el experto.  “Sin embargo, de forma creciente, esta huella digital les sirve para acreditar la eventual presencia de una persona”, concluye.

Fuente: expansión.com

Autor: Ignacio Faes