La Asociación Española de Administración de Empresas (AECA) entidad de la que AYSE LUCUS SLP es miembro ha iniciado la publicación de una serie de "Opiniones emitidas" en las que se recoge su experta opinion sobre determinados aspectos y problemática de especial relevancia y actualidad en relación con determinados aspectos de la realidad empresarial. El primero de ellos analiza determinados aspectos de la Responsabilidad Social Corporativa y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

En esta y sucesivas publicaciones trataremos de reproducir los aspectos más relevantes de esta primera opinión emitida: "Responsabilidad Social Corporativa y Objetivos de Desarrollo Sostenible

Introducción
En el Marco Conceptual de la Responsabilidad Social Corporativa (AECA, 2004) se citaban dos Cumbres Internacionales como referencias del desarrollo y reconocimiento del papel de la Responsabilidad Social Corporativa (RSC); concretamente se decía:
“La responsabilidad social atiende no solo a los aspectos de creación de riqueza, sino también a los de desarrollo sostenible surgidos en la Cumbre de Río de Janeiro de 1992, especialmente al impacto medioambiental de las actividades económicas.
La Cumbre de la Tierra celebrada en Johannesburgo en agosto de 2002 viene a corroborar una percepción de la responsabilidad social corporativa basada en satisfacer las expec­tativas de los grupos de interés, apoyándose en un concepto de sostenibilidad no solo medioambiental sino también económica y social”.
Once años después de aquellas primeras referencias del citado Documento AECA, en sep­tiembre de 2015, esta vez en Nueva York, una nueva Cumbre Internacional con 193 líderes mundiales representados concluyó con la formulación de 17 Objetivos de Desarrollo Soste­noble  (ODS) y 169 metas, y el compromiso de todos para alcanzarlos en el plazo de quince años (Agenda 2030) (Resolución de Naciones Unidas, septinibleembre, 2015: Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible).
Bajo el paraguas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) se fijan, pues, unos objetivos ambiciosos, como acabar con la pobreza, el hambre y la injusticia, reducir la desi­ gualdad y hacer un planeta más sostenible. Como agentes fundamentales para alcanzar los ODS se señala a todos: gobiernos, empresas y sociedad civil, haciéndose, no obstante, a diferencia de sus predecesores Objetivos de Desarrollo del Milenio (Resolución de Naciones Unidas, septiembre,2000: Declaración del Milenio), una llamada explícita a la responsabili­ dad de las empresas como organizaciones sociales productivas que son.
Es aquí nuevamente donde se pone en valor la importancia de un concepto de empresa socialmente responsable comprometida con el desarrollo sostenible y, por lo tanto, con el conjunto de los ODS y la Agenda 2030, es decir, la relación causa­efecto de la RSC y los ODS y el valor estratégico de la primera para alcanzar los segundos.
 
En esta Opinión Emitida vamos a intentar explicar la mencionada relación entre la RSC y los ODS de una manera lógica­deductiva con el propósito principal de clarificar conceptos y facilitar su comprensión.


Definición de responsabilidad social corporativa
El Marco Conceptual de la Responsabilidad Social Corporativa de AECA (2004) propone la siguiente definición:
“La responsabilidad social corporativa es el compromiso voluntario de las empresas con el desarrollo de la sociedad y la preservación del medio ambiente, desde su composición social y un comportamiento responsable hacia las personas y grupos sociales con quienes se interactúa.
La responsabilidad social corporativa centra su atención en la satisfacción de las necesida­ des de los grupos de interés –internos y externos– a través de determinadas estrategias, cuyos resultados han de ser medidos, verificados y comunicados adecuadamente.
La responsabilidad social corporativa va más allá del mero cumplimiento de la normativa legal establecida y de la obtención de resultados exclusivamente económicos a corto plazo. Supone un planteamiento de tipo estratégico que afecta a la toma de decisiones y a las operaciones de toda la organización, creando valor en el largo plazo y contribuyendo signi­ ficativamente a la obtención de ventajas competitivas duraderas”.

Desarrollo sostenible, sostenibilidad, acción social y RSC
Es frecuente encontrarse con textos en los que se vierten opiniones que ciertamente no ayudan a clarificar las ideas y relaciones en torno a estos cuatro conceptos, más bien lo contrario. Aunque evidentemente están interrelacionados, el desarrollo sostenible, la sos­ tenibilidad, la acción social y la RSC tienen significados distintos. Apoyándonos de nuevo en lo expuesto en el Marco Conceptual de la RSC (AECA, 2004) podemos establecer que el desarrollo sostenible es una consecuencia de la RSC y que la sostenibilidad expresa el compromiso con el modelo de desarrollo sostenible y la capacidad para alcanzarlo. Por su parte, la acción social es uno de los diversos comportamientos socialmente responsables que la empresa puede acometer.
“Desarrollo sostenible es el modelo de desarrollo que busca compatibilizar la explotación racional de recursos naturales y su regeneración, eliminando el impacto nocivo de la acción del ser humano, en general, y de los procesos productivos, en particular, para satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin poner en peligro que las generaciones futu­ ras puedan satisfacer las suyas. Es un concepto estrechamente ligado al principio de legado de las organizaciones y solidaridad intergeneracional.
Por su parte, la sostenibilidad es la expresión del impacto de la actividad de la empresa en la triple dimensión económica, social y medioambiental y del compromiso con el modelo de desarrollo sostenible, el cual se puede alcanzar por medio de la responsabilidad social corporativa”.

(Continúa)

Fuente: Documento Opinión Emitida AECA: Responsabilidad Social Corporativa y Objetivos de Desarrollo Sostenible