La revisión de los valores catastrales afectará a los ciudadanos en más impuestos que en el IBI

La revisión del catastro aprobada el pasado viernes por el Consejo de Ministros y de la consiguiente orden publicada por el Ministerio de Hacienda en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establece la relación de municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales a partir del 1 de enero de 2020, entre los que se encuentran 22 municipio gallegos incluyendo los ayuntamientos de La Coruña, Vigo y Lugo.

Pero la subida de los valores catastrales no sólo afectará al IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles, la popularmente conocida como "contribución"). También repercutirá en la "plusvalía municipal" (Impuesto municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana") en el IRPF y en otros impuestos cedidos a las Comunidades Autónomas.

  • PLUSVALÍA MUNICIPAL

Este impuesto, que grava el incremento que ha experimentado el valor del suelo desde la última vez que se transmitió un inmueble hasta que se produce una nueva compraventa, una donación o una herencia. El cálculo de la cuota de este impuesto se ve afectado por el número de años transcurridos y por el valor catastral del inmueble. Por tanto, si suben los valores catastrales, se pagará más impuesto cuando se produzca la transmisión. Y ello sin perjuicio de los pronunciamientos del Tribunal Contitucional y del Tribunal Supremo que, en síntesis, reconocen que si no existe incremento real de valor del terreno no procede el pago de este impuesto.

  • IRPF

Si una persona tiene una segunda vivienda vacia tendrá que incluir en su declaración como renta el 2% de su valor catastral (que se reduce al 1,1%, en el caso de que los valores se hayan revisado en los últimos 10 años). La subida de los valores catastrales se traducirá en un incremento de este tipo de rentas.

  • TRIBUTOS CEDIDOS

Entre estos se encuentran el Impuesto de Transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITPAJD) y el impuesto de Sucesiones y Donaciones que gravan  las herencias, en los que se toma el valor catastral como referencia, de forma que la subida de estos valores llevará aparejada la subida de estos impuestos, cuando sean aplicables. Aunque en el caso del Impuesto sobre sucesiones y donaciones el efecto será menor al entrar en vigor la ampliación de la exención en las herencias hasta el millón de euros.

Tambien afectará al impuesto sobre el patrimonio (los inmuebles, en determinadas circunstancias, se valorarán por su valor catastral, por lo que si este sube, ... (Teniendo en cuenta la existencia de un límite exento de 700.000 euros en GALICIA).

Fuente: elaboración propia sobre datos de La Voz de Galicia