La pandemia de coronavirus todo lo toca. Sus efectos y las ayudas estatales que han provocado hará que también se dejen sentir en la declaración de la renta de 2020, tal y como aseguran los técnicos de Hacienda (Gestha), que invitan a los ciudadanos a prestar atención hasta a siete aspectos distintos de cara a la cita con la Administración que tendremos en unos meses.

1. Los Ertes

Los trabajadores que cobren menos de 22.000 euros anuales pero tengan dos pagadores (caso de los Ertes) y del segundo pagador hayan recibido al menos 1.500 euros tendrán que hacer la declaración obligatoriamente. En los casos en los que el Erte se haya prolongado varios meses existen altas probabilidades de que la declaración salga a pagar, por lo que Gestha recomienda a los trabajadores que pidan a sus empresas el aumento de las retenciones en su nómina de diciembre para aminorar en golpe a la hora de hacer la declaración.

2. Deducciones de maternidad para trabajadoras en Erte

Las trabajadoras en Erte con derecho a deducción de maternidad que no realizasen otro tipo de trabajo por cuenta ajena en el tiempo de vigencia del expediente no podrán deducirse los 100 euros por hijo durante el periodo de Erte. Lo mismo sucede con las autónomas que hayan tenido que cesar su actividad. Un ejemplo: si una trabajadora ha estado seis meses en Erte, solo podrá acogerse a la deducción por maternidad correspondiente a los otros seis meses del año.

3. Imputación de rentas inmobiliarias

La imputación de las rentas inmobiliarias aplica simplemente por la disponibilidad, no por el uso, así que el confinamiento (en el que no fue posible el desplazamiento a segundas viviendas) no tiene efectos nuevos en este apartado, recuerda Gestha.

4. Arrendamientos de inmuebles

Si los propietarios y los inquilinos han llegado a acuerdos para reducir los precios de los alquileres debido al coronavirus, esto se deberá reflejar en la declaración de la renta, que mostrará menores ingresos del arrendador durante 2020. Lo mismo se aplica para aplazamientos pactados entre ambas partes: solo se debe reflejar el dinero ingresado realmente en el año.

5. Subvenciones y ayudas

Todas las ayudas y subvenciones derivadas de la lucha contra el impacto de la pandemia se tienen que declarar. Es el caso de Ingreso Mínimo Vital, Plan Renove, de actividades de autónomos, etc...y si superan los 1.000 euros obligarán al contribuyente a hacer la declaración.

6. Empresarios en régimen de módulos

Durante los días de estado de alarma, los días laborables correspondientes no han computado como días de actividad, así como determinados días de la segunda ola (en la que ha habido restricciones) que han podido conllevar reducciones en los índices. La medida no afecta para todos aquellos que pasaron a estimacion directa en 2020.

7. Donativos

Los donativos al Tesoro Público para luchar contra la pandemia de coronavirus tendrán una deducción del 80% durante los primeros 150 euros y de un 35% a partir de esa cifra. Desde Gestha advierten que desde 2020 estos porcentajes se amplían "para todas las donaciones a ONGs y demás entidades beneficiarias del mecenazgo"

Fuente: eleconomista.es